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IVA en Turismo, Hospedaje y Gastronomía en Latinoamérica

El sector turístico tiene tratamientos especiales de IVA en todos los países de Latinoamérica: algunos eximen a los turistas extranjeros para atraer divisas, otros aplican tasas reducidas a servicios hoteleros, y los restaurantes generalmente pagan la tasa general. Conocer estas reglas es esencial para empresas del sector y para viajeros de negocios que necesitan recuperar el IVA pagado.

Argentina: IVA reducido al 10.5% para turistas extranjeros

Argentina aplica una alícuota reducida de IVA para turistas extranjeros en servicios turísticos [DGI/AFIP/INPROTUR]: Hoteles, hostels, apart-hotels: IVA 21% general; pero turistas extranjeros con domicilio fuera del país pueden solicitar devolución del IVA pagado en hoteles y gastronomía hasta ciertos límites [AFIP/INPROTUR/VERIFICAR programa vigente]; Restaurantes: IVA 21% general; agencias de viaje: IVA 21% sobre la comisión; paquetes turísticos: IVA sobre el valor del paquete; Alícuota reducida del 10.5%: aplica a servicios de alojamiento en hoteles, para pagos con tarjeta de crédito/débito de turistas extranjeros no residentes bajo el régimen de devolución [AFIP/VERIFICAR vigencia y condiciones actuales del programa].

Chile: exención de IVA para turistas extranjeros en hoteles

Chile exime de IVA los servicios de alojamiento a turistas extranjeros no residentes [Ley 18.010/DL 825/SII]: Los hoteles pueden emitir factura en dólares o en pesos con exención de IVA a turistas extranjeros que paguen con tarjeta de crédito emitida en el exterior o en divisas extranjeras; El turista no paga el 19% de IVA en hospedaje — el hotel emite un documento especial (factura de exportación de servicios); Restaurantes: IVA 19% general para todos, incluyendo turistas; El hotel inscrito ante el SII como prestador de servicios turísticos puede acceder al beneficio para sus huéspedes extranjeros [SII/VERIFICAR condiciones vigentes]; Agencias de viaje y operadores turísticos: pueden emitir facturas de exportación de servicios para paquetes vendidos a extranjeros que vienen a Chile [SII].

México: IVA hotelero 0% en zona fronteriza, 16% en resto

México aplica IVA diferenciado por zona geográfica a servicios turísticos [LIVA/SAT]: Interior del país: IVA 16% sobre hospedaje en hoteles, hostels, moteles; Zona fronteriza norte (franja de 20 km de la frontera con EE.UU.): IVA 8% en hospedaje y restaurantes; Restaurantes en general: 16% (8% en frontera); Servicios de transporte aéreo de pasajeros en territorio nacional: exento; transporte aéreo internacional: exento; Las agencias de viaje que actúan como intermediarias cobran IVA 16% sobre su comisión o margen, no sobre el valor total del paquete si están coordinando servicios de terceros; Hoteles en zonas turísticas con programa IMMEX o convenio especial: verificar exenciones específicas [SAT/VERIFICAR].

Colombia: IVA excluido para hospedaje en establecimientos registrados

Colombia excluye de IVA los servicios de hotelería y turismo bajo ciertas condiciones [E.T. art. 476/DIAN]: Servicios de alojamiento en hoteles registrados ante el Registro Nacional de Turismo: excluidos de IVA (no generan IVA — el hotel no cobra IVA al huésped y no puede descontar IVA de sus compras relacionadas); Restaurantes y comidas: desde 2017, los restaurantes son responsables del IVA al 19% si prestan servicios de mesa (no para ventas de comida para llevar en ciertos casos); Paquetes turísticos: el servicio de agencia de viaje (comisión) paga IVA 19%; los servicios turísticos incluidos en el paquete que están excluidos siguen excluidos; Operadores de turismo de aventura, ecoturismo: pueden estar en servicios excluidos según la actividad [DIAN/MinCIT/VERIFICAR].

Brasil: ISS municipal para hospedaje y PIS/COFINS

Brasil aplica ISS municipal (no ICMS) a los servicios de hospedaje [LC 116/2003/Prefeitura]: Hospedagem (hotéis, pousadas, resorts): sujeita ao ISS — alíquota de 2% a 5% segundo o município; São Paulo: ISS 2% sobre a receita de hospedagem; Rio de Janeiro: ISS 5%; Restaurantes: sujeitos ao ICMS (estado) quando há predominância de circulação de mercadorias no fornecimento de alimentos (bares, restaurantes com delivery) OU ao ISS se for predominantemente serviço; entendimento varia por município — verificar; PIS/COFINS: hotéis e restaurantes recolhem PIS/COFINS sobre sua receita (cumulativo no Simples/Lucro Presumido, não-cumulativo no Lucro Real); IRPF sobre gorjetas: as gorjetas pagas ao garçom são salário in natura, sujeitas a IRRF e INSS [RFB/SEFAZ/Prefeitura/VERIFICAR].

Cómo te ayuda OficioIA

El Asistente de Finanzas e Impuestos de OficioIA determina la alícuota de IVA/ISS aplicable a un servicio de hospedaje o gastronomía según el país, la ciudad y si el cliente es turista extranjero, y calcula el tratamiento de paquetes turísticos con múltiples componentes.

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Preguntas frecuentes

¿Un viajero de negocios puede recuperar el IVA del hotel en Argentina?

Si es extranjero no residente, sí, a través del programa de devolución del IVA turístico de AFIP/INPROTUR, pagando con tarjeta emitida en el exterior. Si es argentino de viaje de negocios, el IVA del hotel puede ser crédito fiscal de su empresa si está a nombre de la empresa y la empresa es contribuyente de IVA [AFIP/VERIFICAR condiciones del programa].

¿El delivery de comida paga IVA igual que el restaurante físico?

Depende del país. En Argentina, la entrega de comida preparada por restaurante tiene el mismo tratamiento (IVA 21%). En Colombia, la venta de alimentos para consumo en casa puede diferir de la prestación de servicios de restaurante. En México, la venta de alimentos para llevar está exenta de IVA, pero los alimentos de restaurante (servidos en mesa) pagan. En Brasil, el debate ICMS vs ISS complica el análisis [VERIFICAR por país].

¿Las plataformas de alquiler vacacional (Airbnb) pagan IVA en LATAM?

Sí, en la mayoría de los países. Airbnb está registrada como plataforma digital y recauda IVA sobre sus comisiones. El anfitrión que alquila puede ser responsable de IVA/ISS según sus ingresos y el país. Argentina: los anfitriones deben registrarse si superan los topes del Monotributo. Chile: el SII exige contribuciones de IVA para alquileres reiterados. Colombia: los alquileres de inmuebles generalmente están excluidos de IVA [VERIFICAR por país].

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