CTS en Perú: cálculo, depósitos y libre disponibilidad explicados
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio social obligatorio en Perú que protege al trabajador ante el eventual cese de la relación laboral. Los empleadores deben depositar semestralmente la CTS en una cuenta bancaria a nombre del trabajador, durante los meses de mayo y noviembre.
¿Quiénes tienen derecho a la CTS?
Tienen derecho a la CTS los trabajadores sujetos al régimen laboral privado (Decreto Legislativo 728) que laboren cuatro o más horas diarias para el mismo empleador. Están excluidos los trabajadores del hogar y los trabajadores a tiempo parcial con menos de 4 horas diarias.
Cómo calcular el monto de CTS semestral
La CTS semestral equivale a un dozavo (1/12) de la remuneración computable por cada mes completo laborado en el semestre. La remuneración computable incluye el sueldo básico más las remuneraciones de naturaleza regular y permanente como asignación familiar y bonificaciones fijas.
Plazos de depósito: mayo y noviembre
El empleador tiene plazo hasta el 15 de mayo para depositar la CTS del semestre noviembre-abril, y hasta el 15 de noviembre para depositar la CTS del semestre mayo-octubre. El incumplimiento genera intereses legales laborales desde el día siguiente al vencimiento.
Libre disponibilidad de la CTS
En la situación ordinaria, el trabajador puede retirar libremente hasta el 100% del excedente de cuatro remuneraciones brutas mensuales depositadas en su cuenta CTS. El Congreso ha aprobado en varios períodos leyes que permiten el retiro total o parcial como medida de alivio económico.
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El agente de OficioIA puede calcular el monto exacto de CTS que corresponde depositar por cada trabajador según su remuneración computable y los meses laborados, y verificar si tu empresa está al día con los depósitos semestrales.
Calcula la CTS de tus trabajadores ahoraPreguntas frecuentes
¿La asignación familiar forma parte de la remuneración computable para la CTS?
Sí, la asignación familiar equivalente al 10% de la RMV es una remuneración de naturaleza regular y permanente, por lo que forma parte de la remuneración computable para el cálculo de la CTS.
¿Qué ocurre con la CTS si el trabajador renuncia o es despedido?
Al producirse el cese, el trabajador puede retirar libremente la totalidad de los fondos de su cuenta CTS. El empleador debe depositar el monto proporcional de CTS del período trabajado desde el último depósito dentro de las 48 horas del cese.
¿El trabajador puede elegir en qué banco depositar su CTS?
Sí, el trabajador tiene derecho a elegir libremente la entidad financiera donde quiere que se deposite su CTS. Debe comunicar su elección al empleador con al menos 30 días de anticipación al depósito.
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