Higiene y Seguridad🇺🇾

Decreto 291/007 de Seguridad en el Trabajo Uruguay: construcción civil

El Decreto 291/007 del Poder Ejecutivo de Uruguay, reglamentario de la Ley 5.032 y complementario del Decreto 406/988, establece las condiciones mínimas de seguridad e higiene en obras de construcción civil. Es el marco normativo central que la Inspección General del Trabajo (IGTSS) del MTSS aplica en sus inspecciones de obras. Su incumplimiento genera multas, paralizaciones y responsabilidad penal del empleador.

Obligaciones generales del empleador en obra

El decreto obliga al empleador a: elaborar un Plan de Seguridad antes del inicio de la obra (para obras con más de 10 trabajadores o duración mayor a 30 días), designar un técnico prevencionista habilitado, proveer equipos de protección personal (EPP) adecuados a cada tarea sin costo para el trabajador, realizar exámenes médicos preocupacionales, instalar servicios higiénicos (una unidad cada 15 trabajadores), proveer agua potable, y llevar registro de accidentes e incidentes. Las empresas subcontratistas en obra también son responsables solidariamente.

Requisitos específicos: andamios, excavaciones y alturas

Para trabajos en altura (más de 1.80 m): uso obligatorio de arnés de seguridad con línea de vida, redes de protección en fachadas de más de 3 pisos, y plataformas de trabajo con barandas de 90 cm y zócalo de 15 cm. Andamios metálicos tubulares deben montarse según instrucciones del fabricante y ser inspeccionados antes de cada uso. Excavaciones de más de 1.20 m de profundidad requieren entibamiento o talud de seguridad (45° mínimo en suelos sin cohesión). Para trabajo en espacios confinados (pozos, cámaras) se requiere protocolo específico con medición de atmósfera antes del ingreso.

EPP obligatorio según tipo de tarea en construcción

El decreto establece EPP mínimo según tarea: casco de seguridad (obligatorio en toda la obra), calzado de seguridad con puntera de acero, guantes según tarea (cuero para manipulación de materiales, látex para hormigón), protección auditiva para equipos con más de 85 dB(A), protección respiratoria para trabajos con polvo de cemento o sílice (mascarilla N95 mínimo, o equipo con filtro P100 para exposición prolongada), y protección ocular para trabajos de corte, amolado o soldadura. El empleador debe documentar la entrega de EPP con firma del trabajador.

Inspecciones IGTSS y régimen de sanciones

La IGTSS realiza inspecciones programadas y sorpresivas en obras. El inspector puede paralizar la obra inmediatamente ante riesgos inminentes (trabajo en altura sin protección, excavaciones sin entibamiento). Las multas se gradúan según cantidad de trabajadores afectados y reincidencia, en Unidades Reajustables (UR): desde 5 UR por infracción menor hasta 1.000 UR por infracción muy grave. El empleador tiene 15 días hábiles para subsanar observaciones antes de que se firme el acta de infracción. Accidentes graves o mortales generan investigación del IGTSS y posible responsabilidad penal del empleador y técnico responsable.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es el Plan de Seguridad que exige el Decreto 291/007?

Es un documento que debe elaborarse antes de iniciar la obra, describiendo los riesgos identificados en cada etapa constructiva y las medidas preventivas para cada uno. Debe estar firmado por el técnico prevencionista y disponible en la obra para inspección. Para obras pequeñas (menos de 10 trabajadores) se puede usar un formato simplificado.

¿El subcontratista es responsable por la seguridad de sus trabajadores en obra ajena?

Sí, el subcontratista responde por sus propios trabajadores. Pero la empresa principal también tiene responsabilidad solidaria por las condiciones generales de la obra. En caso de accidente de un trabajador subcontratado, el IGTSS puede sancionar a ambas empresas.

¿Con qué frecuencia puede llegar una inspección del IGTSS a mi obra?

No hay periodicidad fija. Las inspecciones pueden ser programadas (plan anual de inspecciones sectoriales), por denuncia (anónima o de trabajador) o post-accidente. Obras en sectores con alta accidentalidad (construcción en altura, demoliciones) tienen mayor frecuencia de inspección.

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