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RNE G.050: Seguridad en Obras de Construcción en Perú

La Norma G.050 del RNE regula las condiciones de seguridad y salud en el trabajo para todas las obras de edificación. Establece los EPP mínimos, los requisitos para andamios y apuntalamientos, y los procedimientos para trabajos en altura. Su aplicación es obligatoria para toda obra que requiera licencia de edificación.

Equipos de protección personal (EPP) obligatorios

La Norma G.050 establece que todo trabajador de construcción debe usar como mínimo casco de seguridad, calzado de seguridad con punta de acero, chaleco reflectivo y guantes apropiados. Para trabajos en altura, se agrega el arnés de seguridad con doble línea de vida.

Requisitos para andamios y apuntalamientos

Los andamios deben ser diseñados por un ingeniero estructural cuando superan los 6 metros de altura. Las plataformas de trabajo deben tener barandas de 0.90 m de altura, rodapiés de 0.15 m y resistencia mínima para la carga de uso proyectada.

Trabajos en altura: requisitos específicos

Se considera trabajo en altura toda actividad a más de 1.80 m sobre el nivel del suelo. La norma exige procedimiento escrito, punto de anclaje certificado y arnés de cuerpo entero. El personal debe pasar por evaluación médica previa y capacitación específica documentada.

Plan de seguridad y IPERC en obras

Toda obra que supere 50 UIT en costo de construcción debe contar con un Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobado antes del inicio. SUNAFIL puede paralizar la obra y aplicar multas de hasta 200 UIT ante incumplimientos graves.

Cómo te ayuda OficioIA

El agente de seguridad en construcción de OficioIA puede orientarte sobre los requisitos específicos de la Norma G.050 aplicables a tu tipo de obra y actividades.

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Preguntas frecuentes

¿Quién es responsable de proveer el EPP a los trabajadores de construcción?

El empleador o contratista es el responsable de proporcionar gratuitamente todos los EPP requeridos por la Norma G.050. No puede descontarse su costo de la remuneración del trabajador.

¿Toda obra necesita un plan de seguridad según la Norma G.050?

La norma exige un Plan de Seguridad formal para obras que superen los 50 UIT en presupuesto. Para obras menores, las obligaciones básicas de seguridad siguen siendo obligatorias.

¿Qué pasa si SUNAFIL encuentra trabajadores sin EPP en mi obra?

SUNAFIL puede imponer multas desde 0.5 UIT hasta 200 UIT dependiendo de la gravedad. Además puede emitir medida de paralización inmediata de los trabajos hasta que se corrija la situación.

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