Encargado de Edificio: CCT 589/10 y Liquidación de Haberes en Argentina
El encargado de edificio es el trabajador del consorcio y su empleación está regulada por el CCT 589/10 (Encargados de Edificios de Renta y Horizontal). Es uno de los mayores costos del consorcio y también una de las fuentes más comunes de conflictos laborales. Esta guía explica todo.
Categorías del CCT 589/10
El convenio establece categorías según tamaño del edificio y tipo de trabajo: Categoría A (más de 2000 m² o más de 100 unidades, tiempo completo + vivienda); Categoría B y C (edificios medianos); Encargado sin vivienda; Ayudante; Personal de limpieza por hora. Cada categoría tiene su escala salarial que se actualiza por paritaria (SERACARH).
Componentes del sueldo del encargado
Sueldo básico según categoría y antigüedad. Premio por asistencia y puntualidad. Sueldo anual complementario (SAC, 2 cuotas junio/diciembre). Horas extras si corresponde. Vivienda en especie (si tiene vivienda asignada, se valúa como parte del salario). AOS (seguro de salud de encargados). SUTERH (sindicato). ART (riesgo de trabajo).
Obligaciones del consorcio como empleador
Registrar al trabajador en AFIP (alta SIPA). Liquidar sueldos mensualmente y pagar antes del 4to día hábil del mes siguiente. Depositar cargas sociales (SIPA, PAMI, OSECAC/AOS, SUTERH, cuota ART). Otorgar recibo de sueldo firmado. Respetar vacaciones (14-28 días según antigüedad). Pagar SAC en tiempo y forma.
Vivienda del encargado: derechos y desocupación
Si el encargado tiene vivienda asignada por el reglamento o el contrato, tiene derecho a ocuparla mientras dure la relación laboral. Al cesar la relación (despido, renuncia, jubilación), debe desocupar la vivienda. Si no lo hace, el consorcio debe iniciar proceso de desalojo laboral (art. 14 bis y CCT). La vivienda no se convierte en derecho adquirido indefinido.
Despido del encargado: liquidación final
El despido sin causa exige: preaviso (1-2 meses según antigüedad), indemnización por antigüedad (1 mes de sueldo por año trabajado, mínimo 2 meses), vacaciones proporcionales, SAC proporcional. La liquidación debe entregarse dentro de las 48 hs del despido. El consorcio que no liquida en término puede enfrentar multas de la Ley 25.323.
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El Administrador de Consorcios de OficioIA calcula el sueldo del encargado según categoría y antigüedad, liquida la indemnización por despido, redacta el telegrama de despido y genera el recibo de haberes mensual.
Calcular haberes y liquidación del encargadoPreguntas frecuentes
¿Cuánto hay que pagar de AOS por el encargado?
La AOS es la Obra Social de los encargados. El empleador (consorcio) aporta el 6% del salario bruto. El trabajador aporta el 3%. El descuento aparece en el recibo de sueldo.
¿El consorcio puede contratar una empresa de limpieza en lugar del encargado?
Sí, pero debe verificar que la empresa tercerizadora esté registrada y pague los convenios correspondientes. La solidaridad laboral hace que el consorcio responda por las deudas del contratista.
¿El encargado con vivienda tiene derecho a aguinaldo sobre el valor de la vivienda?
Sí. La vivienda asignada forma parte del salario en especie y se incluye en la base de cálculo del SAC.
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